La instancia se realizará telemáticamente, no obstante deberán presentar la documentación que se relaciona a continuación, en la forma que se indica.
Los documentos originales se presentarán en el Registro General de Diputación para su verificación o conforme a lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Es obligatorio marcar la declaración jurada que consta en la instancia.DOCUMENTOS: