Para poder firmar la solicitud telemáticamente (si dispone de certificado de firma electrónica o DNI electrónico) deberá tener instalado el componente Firma Dipualba (descargar aquí).
La presente solicitud constituye la iniciación del procedimiento de autorización administrativa previa y necesaria para llevar a cabo la conexión a la red general de agua potable sin acometida mediante la instalación del contador por parte de la empresa adjudicataria del servicio (Aqualia).
Si el solicitante dispone de certificado de firma electrónica o DNI electrónico, puede realizar esta solicitud a través de la Sede Electrónica, aceptando que se le notifique de forma electrónica e indicando su dirección de correo electrónico al que se le enviará la licencia solicitada.
Si el solicitante no dispone de firma electrónica o DNI electrónico, podrá:
Una vez realizado el pago de la tasa y cumplimentada la firma por alguno de los medios señalados, se entenderá que el documento registrado constituye solicitud de iniciación de procedimiento administrativo en los términos del artículo 66 de la Ley 39/2015. Así pues, quedará registrado electrónicamente y no será necesario aportar la solicitud presencialmente.
La licencia se le enviará a la dirección de correo electrónico del solicitante en caso de haber sido indicada durante el trámite y haber aceptado ser notificado electrónicamente. En otro caso, se le entregará por los medios ordinarios de notificación.
Una vez que se le proporcione la licencia solicitada, deberá presentarla en las oficinas de la Aqualia (C/Perla, 23 – Esquina con C/Buenavista) junto con el resto de documentación solicitada por la misma (escritura de la propiedad del titular, boletín de instalación del fontanero, fotocopia del DNI/CIF, número de cuenta donde domiciliar el recibo, número de teléfono).
La solicitud debe ser realizada por el interesado o por medio de un representante, legal o voluntario, que lo representen, aportando acreditación de dicha representación.
Se deberá aportar la siguiente documentación:
Se deberá realizar el pago de la tasa correspondiente de 3,90€, establecida en la Ordenanza Fiscal “Tasa por licencias urbanísticas” (modificada por acuerdo del Ayuntamiento Pleno de fecha 29-10-2012 y publicada en el B.O.P. número 152 de fecha 28-12-2012).
Para realizar el pago de la tasa, se puede optar entre Pago Manual o Pago Electrónico:
Servicio de Atención Integral al Ciudadano (SAIC) - Ayuntamiento de Hellín
Plaza de la Iglesia, 8
02400 Hellín (Albacete)