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Solicitud Participación Procedimiento Selectivo Bolsa Trabajo Monitor/a Corte y Confección (Universidad Popular)

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Solicitud Participación Procedimiento Selectivo Bolsa Trabajo Monitor/a Corte y Confección (Universidad Popular)

Desde el día 01/01/2019 hasta el día 01/01/2019

Instrucciones

Quienes deseen tomar parte en el procedimiento de selección lo solicitarán mediante instancia dirigida al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Hellín, en la que deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones o requisitos exigidos en la base tercera, con referencia a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de solicitudes, sin que hayan de presentarse documentos acreditativos de tales condiciones, y que se comprometen a prestar juramento o promesa de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 707/1979, de 5 de abril.

Cada aspirante deberá cumplimentar la solicitud a través de este procedimiento telemático habilitado en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Hellín, el cual una vez cumplimentado quedará registrado automáticamente sin la necesidad de utilizar firma electrónica alguna ni ningún otro sistema de acreditación electrónica. Aquellas personas que tuvieran dificultades para hacer uso de dicho servicio, lo podrán hacer a través del punto de atención asistida y registro de instancias para procesos selectivos que exista a tal efecto.

La instancia se considerará validada cuando se reciba la información del pago de la tasa correspondiente, por parte de la entidad bancaria asociada (mecanismo automatizado, no requiere presentación de documento alguno), o se acredite por cada aspirante o se compruebe por este Ayuntamiento, según los casos, la exención de la tasa de acuerdo con lo establecido en las bases de la convocatoria.

El proceso de solicitud se compone de estos pasos:

  1. Cumplimentar los datos personales que se nos solicita (nombre y apellidos, fecha nacimiento, dirección, correo electrónico y teléfono).
  2. La participación en el proceso implica el pago de una tasa de examen, que no será objeto de reintegro por ninguna causa una vez tramitada la solicitud. Dicha tasa consta en las bases de la convocatoria. Conforme a la Ordenanza Fiscal sobre tasas por Derechos de Examen publicada en el B.O.P. de 3 de mayo de 2017. En la solicitud consta una casilla sobre si en orden a su situación personal y familiar tiene derecho a una reducción o exención de la tasa de examen. Si usted se encuentra en situación de desempleo sin prestación básica, tendrá una reducción del 75% de la tasa de examen prevista en la convocatoria; del 50% si tiene una minusvalía reconocida igual o superior al 33% y del 50% y 75% respectivamente en el caso de que forme parte de una familia numerosa de carácter general o especial. Debe adjuntar a la solicitud documento acreditativo de que se encuentra en alguno de los supuestos de exención o reducción de la tasa.
  3. Se formula una pregunta de obligada respuesta sobre si tiene reconocida una discapacidad. Ésta debe ser igual o superior al 33%. En el supuesto de que exista reserva de puesto por minusvalía debe señalar si opta por dicho turno. Aunque no haya reserva de turno para discapacidad y si padece alguna discapacidad, deberá señalar si requiere adaptación de tiempo y medios para la realización de las pruebas de examen, debiendo aportar informe médico sobre su discapacidad que justifique dicha adaptación.
  4. En caso de no estar exento del pago de la tasa, podremos optar entre Pago Manual o Pago Electrónico:
    1. Pago manual: se imprime el impreso de pago y se podrá pagar en cualquiera de las entidades autorizadas:
      • Banco de Castilla­ La Mancha
      • La Caixa
      • Globalcaja
      • Caja Guadalajara
      • Cajasol
      • Caja Navarra (CAN) Banco de Valencia
      • Banco de Murcia
      • Caja Burgos
      • Caja Canarias
    2. Pago electrónico: se solicitarán los datos de su tarjeta y se efectuará el pago de la tasa a través de la pasarela de pagos TPV (cualquier tarjeta de crédito o débito).
  5. Documentos a aportar: Debe aportarse los documentos acreditativos del cumplimiento del derecho a obtener alguna reducción o exención de las tasas de examen, así como el  documento acreditativo de tener una discapacidad del 33% o superior en el supuesto de que haya turno de discapacidad o en su caso si no lo hubiere si interesa adaptación de tiempo y medios para la realización de las pruebas de examen en cuyo caso deberá además aportar informe que lo justifique.

Una vez cumplimentada la instancia y confirmados los datos, ésta quedará REGISTRADA ELECTRÓNICAMENTE Y NO ES NECESARIO APORTAR LA SOLICITUD PRESENCIALMENTE.

Dirección a efectos de envío postal

Ayuntamiento de Hellín

Calle Rabal, 1

02400 Hellín (Albacete)

Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por derechos de examen

Publicada en el BOP de la Provincia de Albacete núm. 50 de 03/05/17

Grupo de pertenencia de la plazaImporte general de la tasaImporte con reduccion por desempleo (75%)Importe con reduccion por discapacidad (50%)Importe con reduccion por familia numerosa general (50%)Importe con reduccion por familia numerosa especial (75%)
A130,00 €7,50 €15,00 €15,00 €7,50 €
A225,00 €6,25 €12,50 €12,50 €6,25 €
C120,00 €5,00 €10,00 €10,00 €5,00 €
C215,00 €3,75 €7,50 €7,50 €3,75 €
E (Otras agrupaciones)10,00 €2,50 €5,00 €5,00 €2,50 €

Documentación

Requisitos de la instancia

  • La instancia no requiere firma
  • Permite interesados que sean personas físicas
El plazo de solicitud está actualmente cerrado
AYUNTAMIENTO DE HELLÍN - P0203700J
Calle El Rabal, 1
Hellín (02400)
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