1. Objeto del procedimiento
El objeto de la presente convocatoria es la ayuda económica para el fomento de la actividad fallera con el siguiente detalle de ayudas a otorgar:
En este caso se trata de contribuir a garantizar la seguridad de la actividad lúdica festiva que se realizan durante el periodo fallero mediante la suscripción de las pólizas de seguro de Responsabilidad Civil, y de Accidentes, al amparo de la legislación vigente en materia de manifestaciones festivas tradicionales, especialmente en las actividades pirotécnicas.
2. Documentación a aportar
3. Formas de pago
El pago de la subvención se realizará previa justificación por el beneficiario de la realización de la actividad, proyecto, objeto o adopción del comportamiento para el que se concedió.
No podrá realizarse el pago de la subvención en tanto el beneficiario no se halle al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social o sea deudor por resolución de procedencia de reintegro.
4. Normativa aplicable
5. Resolución
6. Silencio administrativo
Artículo 25.5 de la LGS “El vencimiento del plazo máximo sin haberse notificado la resolución legitima a las personas interesadas para entender desestimada por silencio administrativo la solicitud de concesión de la subvención”.
7. Forma de presentación
En línea: Se deberá presentar en el trámite correspondiente en la sede electrónica municipal https://mislata.sedipualba.es intermediando el uso de certificado digital,