1. Objeto del procedimiento
Concesión de ayudas económicas y subvenciones con destino a las asociaciones culturales de Mislata durante el año 2020 para contribuir a la financiación del funcionamiento ordinario de sus sedes sociales y de los programas y actividades culturales desarrollados por las mismas.
2. Documentación que hay que aportar
3. Cuantía y forma de pago
4. Normativa
5. Resolución
La resolución de concesión de las subvenciones deberá dictarse en el plazo máximo de seis meses, plazo que se computará a partir de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia.
6. Silencio administrativo
Artículo 25.5 de la LGS “El vencimiento del plazo máximo sin haberse notificado la resolución legitima a las personas interesadas para entender desestimada por silencio administrativo la solicitud de concesión de la subvención”.
7. Forma y plazo de presentación
En línea: Las solicitudes se presentarán en el trámite correspondiente en la sede electrónica municipal https://mislata.sedipualba.es/ .
Tanto la solicitud de subvención como el resto de documentación que se haya de presentar deberán estar firmados electrónicamente con el certificado digital propio de la entidad solicitante o el de la persona física que la represente.
El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días naturales contados a partir del siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia.