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RECLAMACIÓN DE CONSUMO - FDC

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RECLAMACIÓN DE CONSUMO - FDC

FICHA/INSTRUCCIONES :

Importante: El contenido de la reclamación deberá reflejarse en el Formulario Anexo: Formulario de Reclamación de Consumo-FDC , no en el cuerpo de la instancia. Presentar una sola reclamación por instancia

Información General y Objeto:

La Reclamación de Consumo consiste en la solicitud, ante la administración, que realiza una persona consumidora o usuaria cuando se presenta un conflicto o desacuerdo en materia de consumo entre ésta y la empresa o el profesional que le ha vendido un producto o prestado el servicio, con la pretensión de una solución a su interés particular al considerar que se han vulnerado sus derechos.

Con la presentación de una reclamación, se abre una vía de carácter administrativo en la que de forma gratuita, la administración realiza una labor de mediación entre las partes, tratando de facilitar una resolución al conflicto atendiendo a la normativa vigente en materia de consumo.

¿Quien lo puede solicitar?:

Personas residentes en cualquiera de los municipios integrantes del Consorcio de Atención Ciudadana de Albacete, con la condición de consumidoras o usuarias finales, es decir, que compren un bien o utilicen un servicio para su uso personal y no para actividades comerciales o profesionales.  (consultar listado)

Municipios integrantes del Consorcio de Servicios de Atención Ciudadana de Albacete
ALATOZFUENSANTAPOZOHONDO
ALBATANAFUENTEALAMOPOZO-LORENTE
ALBOREAFUENTEALBILLAPOZUELO
ALCADOZOLA GINETALA RECUEJA
ALCARAZGOLOSALVORIOPAR
ALPERALA HERRERAROBLEDO
AYNAHIGUERUELARODA
BALAZOTEHOYA-GONZALOSALOBRE
BALSA DE VESJORQUERASAN PEDRO
BALLESTEROLETURSOCOVOS
BARRAXLEZUZATARAZONA DE LA MANCHA
BIENSERVIDALIETORTOBARRA
BOGARRAMADRIGUERASVALDEGANGA
BONETEMAHORAVIANOS
EL BONILLOMASEGOSOVILLA DE VES
CARCELENMINAYAVILLALGORDO DEL JUCAR
CASAS J. NUÑEZMOLINICOSVILLAPALACIOS
CASAS DE LAZAROMONTALVOSVILLATOYA
CASAS DE VESMOTILLEJAVILLAVALIENTE
CENIZATENAVAS DE JORQUERAVILLAVERDE DE GUADALIMAR
CORRAL-RUBIONERPIOVIVEROS
COTILLASONTURYESTE
CHINCHILLAPATERNA MADERAPOZO CAÑADA
ELCHE DE LA SIERRAPEÑASCOSAAGUAS NUEVAS
FEREZPETROLA 
  POVEDILLAActualizado mayo de 2023

Documentación necesaria:

Formulario de Reclamación de Consumo, que se adjunta a esta solicitud, debidamente cumplimentada, donde se identifiquen claramente las partes, hechos y pretensión.

Adjuntar toda aquella otra documentación de prueba que se considere necesaria para acreditar su demanda, contratos, hoja de reclamación, facturas, fotos...etc.

Procedimiento:

Una vez recibida la solicitud se registra y se le asigna un número de referencia. Se analiza la información facilitada y la documentación aportada para valorar si es viable la mediación desde el punto de vista de los derechos de las personas consumidoras y usuarias, así como determinar si se es competente para su resolución.

Si es factible, se inicia la mediación comunicando a la empresa reclamada el contenido de la reclamación o bien se le dá traslado al organismo competente, según se desprenda del contenido de la reclamación.

En caso de que la empresa no responda, o si la respuesta no satisface la pretensión de la persona reclamante, ésta podrá acudir al arbitraje de consumo o a los tribunales ordinarios de justicia.

En todo caso, si se observan indicios de infracción en los hechos que motivan la reclamación, podrá darse traslado al servicio de inspección local o provincial para su comprobación; pudiendo incoarse el correspondiente expediente sancionador por el organismo competente en materia de consumo.

Durante todo el proceso de gestión de la reclamación se mantiene informada a la persona que presenta la reclamación.

Legislación aplicable:

La regulación básica de Consumo en Castilla la Mancha:

  • Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias.
  • Ley 3/2019, de 22 de marzo, del Estatuto de las Personas Consumidoras en Castilla-La Mancha.

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • Permite interesados que sean personas físicas
  • Permite interesados que sean personas jurídicas
  • Permite interesados que sean personas físicas representadas por otra persona física
SERVICIO PROVINCIAL DE ATENCIÓN CIUDADANA (antes Consorcio de Consumo) - P5200007B
Isaac Peral, 11- Albacete (02001)
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